Algunos análisis y opiniones sobre la ley

18 09 2009

Aquí les dejamos los links de algunas notas que hemos seleccionado con la intención de que contribuyan a esclarecer cuestiones concretas sobre la nueva ley de radiodifusión, cuyo debate está siendo reflejado por los medios y diversas instituciones.

 

“La posición del Foro de Periodismo Argentino frente al proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual”, (9 de septiembre de 2009)
 http://www.fopea.org/Comunicados/2009/La_posicion_del_Foro_de_Periodismo_Argentino_frente_al_proyecto_de_Ley_de_Servicios_de_Comunicacion_Audiovisual 

“Cualquier forma de control está destinada al fracaso”, Editorial de ADEPA (18 de junio de 2009)  http://www.adepa.org.ar/revista/nota.php?id=217

“Un largo crepúsculo”, Natalio Botana para La Nación (20 de agosto de 2009)http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1164341

“Restricción gradual de libertades”, Editorial del diario La Nación (12 de septiembre de 2009) http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1173570

“Operativo de intimidación a los medios de prensa”, Editorial del diario Clarín (11 de septiembre de 2009) http://www.clarin.com/diario/2009/09/11/opinion/o-01996340.htm

“La nueva ley de medios abre el juego a los amigos”, diario Clarín (14 de septiembre de 2009) http://www.clarin.com/diario/2009/09/14/opinion/o-01998363.htm

“Una audaz jugada por el control de Telecom”, Carlos Pagni para La Nación (14 de septiembre de 2009) http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1174353&pid=&toi

“Más para el Estado, más para el caudillo”, Carlos Pagni para La Nación (8 de septiembre de 2009) http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1172051

“La caja de Pandora”, Nelson Castro para el diario Perfil (12 de septiembre de 2009) http://www.perfil.com/contenidos/2009/09/12/noticia_0041.html

“Nueva ley de radiodifusión: ¿Qué opinan los profesionales del medio?”, Editorial de Impulso de Negocios (3 de septiembre de 2009)http://www.impulsonegocios.com/contenidos/2009/09/03/Editorial_3127.php

“Al oficialismo aún no le alcanzan los votos en el Senado”, Joaquín Morales Solá para La Nación (9 de septiembre de 2009) http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1172331

“¿Cuáles son las verdaderas razones para cambiar la Ley de Radiodifusión?”, Pablo Docimo para Agencia NOVA (9 de septiembre de 2009) http://www.agencianova.com/nota.asp?n=2009_9_9&id=11048&id_tiponota=3

 

“Corrientes de aire”, diario Página 12 (6 de septiembre de 2009)  http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-131281-2009-09-06.html

  

“Buenas y malas onda”, diario Página 12 (28 de agosto de 2009) http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-130771-2009-08-28.html

  

“Ha comenzado la batalla final”, revista Noticias http://www.noticias.uol.com.ar/edicion_1707/tesis.htm

 

 

“Editorial: Nueva Ley de Medios de Comunicación Audiovisual”, diario Córdoba Noticias (16 de septiembre de 2009) http://www.acordobanoticias.com.ar/?p=4697

 

 

“Sobre la propuesta de la nueva ley de medios audiovisuales”, Luis Valladares para Mundo Mutual http://www.sitiosocial.com/MundoMutual/estilo/mm/editorial.php

 

 

 

“Ley de Medios K, otro intento de dividir a los argentinos”, Editorial de Los Andes (6 de septiembre de 2009) http://www.losandes.com.ar/notas/2009/9/6/editorial-444510.asp

 

“La ley y la trampa”, Alfredo Leuco para Perfil (28 de agosto de 2009) http://www.perfil.com/contenidos/2009/08/28/noticia_0036.html

 

“Hay que despertar la conciencia cívica para evitar los abusos”, Sergio Bergman para La Nación (24 de septiembre de 2009) http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1178143





Silencios Cruzados

25 08 2009

Ethel Pis DiezPor Ethel Pis Diez*

Diversidad, pluralismo y una efectiva libertad de expresión. De eso se trata. Así lo explica el proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual presentado al Congreso por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner en marzo de este año.

En la discusión de la ley hay dos fuertes silencios, dos aspectos del problema que pocos se animan a recoger. El primer silencio es la libertad de expresión. El proyecto contempla a la libertad de expresión sólo como un derecho social, como una obligación del Estado de garantizar el acceso universal a la información y prevenir los monopolios y la concentración de medios. No tiene en cuenta que es también un derecho civil, un límite a la acción arbitraria del Estado, quien tiene el deber de no interferir en el trabajo de los periodistas, de evitar toda forma de censura, también la indirecta, como es el caso de la distribución discrecional, de publicidad oficial.
Mecanismos de control independientes sobre la distribución de la inversión publicitaria: este es un reclamo concreto del periodismo desde hace años.

El segundo silencio es la responsabilidad social de los medios. Mientras se debate la reforma del marco legal del sector audiovisual, las empresas reclaman libertad de empresa para poder ofrecer productos y servicios que aporten el máximo valor al consumidor, que satisfagan del mejor modo las necesidades actuales y futuras de todos los consumidores potenciales. Desde esta perspectiva, toda limitación sobre la estructura de propiedad o la actividad comercial de los medios debe ser rechazada. Los medios son organizaciones regidas por el principio económico: buscar los mejores resultados con los recursos disponibles. Nada más cierto y comprensible, son organizaciones económicas. Pero también son organizaciones sociales. Por eso llama la atención que en la discusión de la nueva ley los medios omiten toda consideración acerca del valor público -político y social- de sus productos y servicios. No es que los gerentes de los medios ignoren su poder de informar, su capacidad de influir en personas e instituciones, sino más bien que prefieren evitar expresiones que comprometan a sus productos y servicios en la promoción de una serie de valores sociales, tales como la participación, la igualdad, la cohesión, la diversidad de contenidos y de voces, el respeto a los derechos del niño, entre otros.

En ambos frentes, el de los promotores y el de los críticos del proyecto, se habla de necesidad de alcanzar un consenso, un acuerdo y como paso previo un diálogo. ¡Qué difícil es construirlo con silencios, sin capacidad de asumir compromisos! Como si la libertad de expresión o la calidad social de los contenidos que se ofrecen fueran algo discrecional, en el sentido de que pueden darse o no, a voluntad, y no tuvieran un carácter normativo.

Si se quiere o espera que una reforma en el marco regulatorio de los medios genere realmente diversidad y pluralismo en los contenidos de los medios, es necesario, por un lado, que el gobierno garantice la libertad de expresión, como un balance entre el derecho a la información y la no intervención del Estado y por otro lado, que las empresas de medios asuman como propia la misión de generar productos y servicios con calidad social.  

Hasta que no exista este doble compromiso, los cambios en la legislación del sector –cualesquiera que sean- seguirán siendo resultado de una alianza temporal y frágil entre el gobierno de turno y un grupo de empresas. Esta inestabilidad no es útil ni para los medios, ni para el gobierno, ni para el interés público.

La Dra. Ethel Pis Diez es graduada (1997) y profesora de la FC.





¿Qué podemos hacer como comunicadores?

25 08 2009

Juan Cruz ZorzoliPor Juan Cruz Zorzoli*

Reflexionar acerca de la propuesta de ley de servicios de comunicación audiovisual sin contextualizar los principales hitos que nos condujeron a este retrasado momento en la agenda política, social y cultural de nuestro país, resulta extremadamente difícil. Lo mismo sucede con este proyecto en relación con el tipo de vínculo que se fue estableciendo entre nuestra sociedad y los medios masivos de comunicación.

En la Argentina, desde los inicios de la radio en las terrazas de Buenos Aires hasta los multimedios actuales, la sociedad ha vivido, entre tropezones, una relación peculiar con los medios de comunicación. Estos han sido el lado, a veces débil, a veces fuerte, de una tríada constituida entre política y opinión pública; entre poder, información/propaganda y lucro a la cual la regulación le ha llegado siempre tarde, con efectos aletargados y una escasa y/o nula presencia de debate social, que ha promovido (entre otras cosas) la ausencia de polifonía en los licenciatarios.

Ya en este principio, los medios de comunicación adoptaron -producto de la falta de política e intervención del estado- un desarrollo desde lo privado con eje casi exclusivo en la publicidad como sustento. Este fue el modelo que copió la televisión tras su inicio con fondos públicos y que se mantuvo, por ejemplo, durante la estatización televisiva de los años 70, y que incluso el nuevo proyecto mantiene. Esta tipología contribuyó a delinear una idea de comunicación, una funcionalidad social y un rol particulares.

La comunicación masiva cumple básicamente la tarea de informar y entretener, también en cierta medida la de educar (aunque esta idea nunca ha sido, salvo excepciones, muy llevada adelante). Pero sobre todas las cosas, su función se desdobla en generar lucro y, por lo tanto, aquello que lo genera puede estar y aquello que no, tiende naturalmente a desaparecer. De esta manera se perdió de vista ser espacio de diálogo; de encuentro entre saberes, conocimientos y experiencias diversas; y de participación de la sociedad, excluyendo la voz de actores sociales que no persiguen el lucro.

Si observamos a lo largo de los últimos 29 años, la fuerza y naturaleza de la relación entre política, medios de comunicación y opinión pública, tan profunda e imbricada, llevó a la falta de regulación y debate social. Y esto concluyó no sólo en que se haya mantenido una ley de la dictadura militar (fundada en la doctrina de seguridad nacional y la exclusión de los actores sin fines de lucro del acceso a las licencias), sino que profundizó la conformación de multimedios (89-95) y fortaleció la concentración y la interdependencia entre política y medios de comunicación a tal punto que cambió la naturaleza de la relación entre políticos y electorado. El corolario en esta relación era: escala económica de un lado, docilidad en la opinión pública del otro.

Este camino continuó con la renovación de las licencias vigentes, el otorgamiento de nuevas e incluso, mediante el decreto presidencial (527/04), se suspendió el conteo de las mismas, casi sin información y sin debate, ni legislativo ni social. Es pertinente señalar que existieron pasos laterales, como la modificación del artículo 45º de la ley 22.285 que permitió a las organizaciones sin fines de lucro convertirse en licenciatarias, más como reparación histórica que como compromiso político con la comunicación y la información como eje para la construcción de diálogo y participación de la ciudadanía en la vida pública. 

La propuesta de nueva ley además de proponer limitaciones a la cantidad de licencias, de regular los tiempos y formas de publicidad dentro de la programación, de la adjudicación de licencias, audiencias públicas, de los servicios por suscripción, del control y participación del parlamento, plazos de las licencias, regulación de las señales de TV paga, medios de propiedad social, desconcentración, control de tarifas, producción de contenidos, acceso universal a contenidos de interés general, nuevas tecnologías, etc., propone una profunda transformación en la relación y el equilibrio entre los medios de comunicación, el estado y la sociedad civil en su conjunto.

La participación de tres tipos de prestadores: de gestión estatal, de gestión privada con fines de lucro y de gestión privada sin fines de lucro, nos coloca frente al desafío de repensar la naturaleza de nuestro vínculo con la comunicación, la información, el entretenimiento, la educación, pero sobre todo con la participación, con el acceso, con el debate… en fin, con la polifonía y la diversidad de opiniones.

La alteración de esta naturaleza, o más bien su posibilidad, requiere de nuestra atención en tanto comunicadores; no sólo respecto de cómo irán sucediéndose los hechos y qué terminará ocurriendo, sino como un saludable ejercicio de reflexión orientado a fortalecer la relación entre la comunicación y la participación como eje mediático, social, organizacional.

Esto es necesario para generar procesos sociales que garanticen el debate para promover una sociedad con mayor igualdad, con equidad, para construir nuevos horizontes, nuevas acciones, para recuperar la vitalidad de la acción colectiva como categoría ontológica para el cambio.

Este proyecto de ley propone la ruptura de la tríada medios-política-opinión pública, en busca de nuevos equilibrios para elegir información, educarse, entretenerse y participar a través de los medios de comunicación, garantizando una mayor representatividad de voces; condición fundamental para el diálogo y la participación.
Está en nosotros, los comunicadores, asignarle creativamente nuevas funciones a la comunicación y en especial a los medios.

Material de Consulta:
Mucho ruido y pocas leyes, Guillermo Mastrini, La Crujía Ediciones, Bs. As., Argentina, 2005.
Propuesta de Proyecto de Ley Servicios de Comunicación Audiovisual, Nuevo Diseño S.A., 2009.

*Juan Cruz Zorzoli es Licenciado en Relaciones Públicas. Actualmente se desempeña como responsable de comunicación del Instituto Cooperazione Economica Internazionale y como coordinador de capacitación en Comunia Asociación Civil.





¿Cómo trata la Educación en Medios la Propuesta de Proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual?

25 08 2009

Patricia NigroPor Patricia Nigro 

La Educación en Medios, instalada en el Occidente, hace más de 20 años con el nombre de Media Literacy, se basa en la relación entre el campo de la Pedagogía y el de las Ciencias de la Comunicación. Podemos definirla como una asignatura transversal a todo el currículo educativo que capacita a los alumnos para aprender a analizar los medios de comunicación (y debemos incluir aquí también a las denominadas “nuevas tecnologías”) y, además, les brinda elementos para producir sus propios medios de comunicación. Comprender los mensajes y aprender a producirlos mediante las distintas alternativas que nos ofrecen hoy los medios es, sin duda, su primer objetivo. (Nigro: 2008)

Lo que es tarea de muchos es tarea de nadie. En la Argentina, la primera ley de educación integral que se promulgó en nuestro país fue la Ley Federal de Educación de 1993, Nº 24.125, durante el gobierno de Carlos Menem.

¿Qué tuvo de importante esta ley? Es cierto que la Ley Federal era imperfecta, copiaba un modelo que no había tenido éxito, nunca fue aplicada en la Capital Federal, no fueron consultados los docentes (apenas una muy breve muestra) ni los padres, pero fue sí la que integró la educación inicial al resto del sistema al instituir la obligatoriedad del preescolar, extendió en dos años la educación primaria obligatoria, se ocupó de la educación superior (para la que se promulgó otra ley), instaló el concepto de educación continua y, para los que estudiamos Comunicación Social, introdujo nuevos contenidos en el ámbito de lo lingüístico, de las ciencias, del arte e instaló la necesidad de incorporar los medios de comunicación en las aulas argentinas y de la capacitación docente en estos temas.

En diciembre de 2006, ya durante el gobierno de Néstor Kirchner, se promulgó una nueva Ley de Educación Nacional, llamada Ley Filmus, entonces, el ministro de Educación.

Esta ley, que rige hoy la educación argentina, profundizó mucho acerca de la importancia de enseñar la comprensión y la producción de mensajes mediáticos a nuestros niños y adolescentes. Asimismo, hizo, fundamentalmente, hincapié en la enseñanza de las nuevas tecnologías de la información, en la capacitación docente y en la producción de materiales para padres y profesores. (Nigro: 2009)

El título VII de esta ley se llama “Educación, nuevas tecnologías y medios de comunicación”. En el artículo 100, se dice que el Estado es responsable de las políticas educativas referidas a los medios de comunicación y a las nuevas tecnologías. En los artículos 101 y 102, se refiere a los objetivos y contenidos del portal educ.ar y de la señal Encuentro. Finalmente, en el artículo 103 se afirma: el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología creará un Consejo Consultivo constituido por representantes de los medios de comunicación escritos, radiales y televisivos, de los organismos representativos de los anunciantes publicitarios y del Consejo Federal de Educación, con el objeto de promover mayores niveles de responsabilidad y compromiso de los medios masivos de comunicación con la tarea educativa de niños/as y jóvenes. (Ley de Educación Nacional, Nº 26.206)

De hecho, Filmus, quien había sido secretario de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se llevó consigo al equipo de Escuela y Medios, dirigido por la doctora Roxana Morduchowicz, al ministerio de Educación de la Nación, para promover, desde allí, un trabajo educativo sobre los medios ahora dirigido a los alumnos de todo el país. Este paso mostró que, para el ex ministro, el tema no era sólo un tema de discusión si no un problema para resolver.

Del gobierno de Fernando de la Rúa, había quedado el portal educ.ar, donado por un ciudadano argentino y dirigido, en ese momento, por uno de los hijos del ex presidente. Durante la gestión de Filmus, se creó, en mayo de 2005, por el Decreto Nacional 533/05, y reconocido por la Ley de Educación Nacional de 2006, el canal de cable Encuentro, que es el canal de televisión del Ministerio de Educación de la Nación.

Tuvo, en los comienzos, muchos contenidos producidos en el extranjero para, con el tiempo, pasar a poner en pantalla cada vez más contenidos de producción nacional. Uno puede coincidir o no con la visión ideológica de toda la grilla de programación, pero no se puede negar que se logró que un canal educativo fuera interesante, y que creciera, poco a poco, en cantidad de televidentes. De hecho, sus programas están alojados en el portal educ.ar y el docente puede seleccionarse de allí qué le conviene usar en sus clases.

La Propuesta de Proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual se ocupa de la relación medios de comunicación y educación en diferentes artículos. El artículo 17 propone la creación de un Consejo Asesor del Audiovisual y la Infancia, como existe en otros países. Este artículo se relaciona directamente con el artículo 103 de la Ley de Educación Nacional, citado previamente.

A continuación, comentaremos algunos aspectos de su articulado. El artículo 17 fija las obligaciones del Consejo Asesor del Audiovisual y de la Infancia. En el inciso a),  se dice que el Consejo Asesor se encargará de: la elaboración de propuestas dirigidas a incrementar la calidad de la programación dirigida a los niños, niñas y adolescentes; y en el b, de establecer criterios y diagnósticos de contenidos recomendados o prioritarios y, asimismo, señalar los contenidos inconvenientes o dañinos para los niños, con el aval de argumentos teóricos y análisis empíricos.

No creemos que los ciudadanos se opongan a estos artículos, pero el problema reside en que este Consejo Asesor estaría conformado por el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual que se integra, a su vez, por miembros designados por el Poder Ejecutivo (Artículo 16). Esto provocará, seguramente, que las decisiones o sugerencias del Consejo Asesor del Audiovisual y de la Infancia queden atadas a la voluntad del gobierno de turno, triste costumbre argentina.

El inciso d) del artículo 17 sostiene que otra función del Consejo Asesor será: propiciar la realización de investigaciones y estudios sobre audiovisual e infancia y de programas de capacitación en la especialidad y, con esto, volvemos sobre el mismo punto: saber cómo se decidirá a qué instituciones se les darán los fondos para investigar sobre medios de comunicación e infancia o los programas de capacitación pertinentes.

Por último, otro inciso que vale la pena rever es el h) que explica que el Consejo Asesor deberá: habilitar un Programa de Formación en Recepción Crítica de Medios y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. No se entiende cómo se podrá implementar un programa que abarca desde la capacitación docente, la enseñanza en el aula hasta el trabajo de los niños en la televisión y los contenidos de los mensajes publicitarios. Definitivamente, todo se reduce a una carta de buenas intenciones con un gran desconocimiento de la materia tratada.

En el artículo 59, se propone dividir el horario de protección al menor del siguiente modo: de 6 a 22 horas, la programación es apta para todo público; de 22 a 24 horas, es apta para mayores de 13 años y de 24 hasta las 6, apta para mayores de 18 años. La pregunta es: si, en tantos años, no se ha podido siquiera que los canales de aire respeten con sus programaciones el horario de las 22 horas, cómo se hará este control con tres franjas horarias distintas, cuando es vox populi, que los programas frecuentemente multados (suelen ser los de mayor rating) cambian espacios para publicidad oficial por el dinero que deberían pagar como castigo por no cumplir la ley.

También, en este artículo, se dice que el 50% de la programación infantil de la televisión abierta ha de ser de producción nacional. Evidentemente, los redactores de esta propuesta no ven televisión abierta, pues esta casi no tiene programas infantiles de ningún tipo. Los llamados programas de adolescentes son modelo más de la falta de valores imperantes que de enseñanzas positivas para los menores.   

Una observación aparte merece el Título VIII “Medios de comunicación audiovisual universitarios y educativos”. En su articulado, se explicita que sólo las universidades nacionales podrán disponer de medios de comunicación propia. No hay referencia alguna en la Propuesta sobre cómo podrían acceder a gozar de medios propios las instituciones educativas privadas, es decir, así como está escrito en el documento, estas organizaciones son discriminadas.

En la Facultad de Comunicación de la Universidad Austral, se redactó una propuesta muy diferente, presentada ante la misma Presidenta actual de los argentinos, en la que se sostiene que la ley debe contemplar la posibilidad de que haya diversas formas de propiedad en la competencia por las licencias de radio y televisión. Nos referimos a que asociaciones civiles, organizaciones sociales, universidades, asociaciones religiosas, y otras formas de organización de la sociedad civil, puedan gestionar medios de comunicación audiovisuales, constituyendo entonces un tercer sector entre el sector privado y el sector estatal.

Finalmente, en el Cuadro Comparativo que se antepone al articulado de la Propuesta de Proyecto de Ley, se realiza un paralelo entre la ley vigente, a la que se la denomina “Decreto-Ley de la Dictadura Ley 22.285/1980 Actualmente vigente” con la “Propuesta de Proyecto Ley de la Democracia Servicios de Comunicación Audiovisual”. En el cuadro “Nuevas tecnologías”,  se lee: se prevén servicios conexos a los de comunicación audiovisual en forma flexible, y con neutralidad tecnológica. Por primera vez se auspicia la redistribución del conocimiento por vía del aprovechamiento de las nuevas tecnologías. El subrayado en “neutralidad tecnológica” es, por lo menos, curioso. ¿Existe una neutralidad tecnológica? No lo sabemos.

Con respecto a la segunda frase, se sostiene que “por primera vez” se intenta redistribuir el conocimiento mediante las nuevas tecnologías. Sin embargo, hemos señalado ya que el portal educ.ar surgió en el gobierno del ex presidente De la Rúa y que esta sí fue la primera vez en que se intentó un acercamiento de los niños y jóvenes argentinos a las nuevas tecnologías. Sobre este concepto tan abarcador de “nuevas tecnologías”, tampoco se explica en la Propuesta qué se entiende por él.

Como se habrá podido observar, de lo que es realmente la Educación en Medios de Comunicación, los redactores de esta Propuesta conocen muy poco. Asimismo, no están contemplados los avances futuros y permanentes de las nuevas tecnologías. Como el título general del texto que estamos comentando es “Propuesta”, nos queda la esperanza de que para el tratamiento de la Educación en Medios sean consultados los expertos y las facultades de Educación y de Comunicación, públicas y privadas.

Bibliografía consultada:

1)      Nigro, P., (2008), “Escuela y medios de comunicación” en Barcia, P., (Coord.),  No seamos ingenuos. Manual para la lectura inteligente de los medios, Buenos Aires, Santillana.
2)      Nigro, P., (2009), La Educación en Medios de Comunicación. Contenido transversal, Buenos Aires, Magisterio Río de la Plata.
3)      Ley Federal de Educación, Nº 24.125, (1993).
4)      Ley de Educación Nacional, Nº 26.206, (2006).
5)      Gobierno de la Nación, Propuesta de Proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, (2009).
6)      Facultad de Comunicación. Universidad Austral. (2008) Propuesta de la Facultad de Comunicación de la Universidad Austral para la Ley de Radiodifusión.





Ley de radiodifusión: ¿para qué?

25 08 2009

Gabriel ZanottiPor Gabriel Zanotti

El debate sobre una ley de radiodifusión me ha generado una serie de reflexiones epistemológicas y políticas que considero importantes.
Sobre todo, porque todos dan por supuesto (al menos no he escuchado públicamente a nadie decir lo contrario) que debe haber una ley tal. Yo voy a someter a crítica ese supuesto. ¿Por qué debe haber una ley de radiodifusión?

La pregunta debería ser más amplia: ¿debe haber legislaciones específicas que regulen la libertad de prensa?

La pregunta supone una distinción que habitualmente no se hace: derecho de legislación (1) . “Derecho” se refiere más bien a los derechos personales básicos; “legislación” indica en cambio disposiciones administrativas para la administración de bienes públicos. Lamentablemente toda la inflación legislativa que han sufrido las naciones occidentales, y América Latina en particular, ha implicado que los derechos hayan sido sistemáticamente violados por las “leyes” que reglamentan su ejercicio, conculcando el art. 28 de la Constitución Nacional.

En ese sentido, el derecho a la libertad de prensa, definido como está en el art. 14, no necesita ninguna legislación adicional, y ya sabemos que no hay delitos de prensa sino delitos a través de la prensa, que en todo caso corresponden al Código Penal.

Pero los tiempos han cambiado. En el siglo XIX hubiera sido una obviedad afirmar que la libertad de prensa es garantía y condición necesaria del gobierno democrático representativo y de todos los demás derechos individuales fundamentales. Pero ahora es habitual escuchar que, frente a los derechos “sociales”, los derechos del art. 14 originario (sin la reforma del 57) han quedado como meras libertades “formales”.

El debate implica, como corresponde, que las cosmovisiones políticas y económicas van de la mano. Se afirma que esos derechos son letra muerta sin una justa redistribución del ingreso, y, en el caso que nos compete, que la libertad de prensa esconde en realidad una libertad de empresa cuya concentración de capitales en unos pocos implica que la población queda excluida del “derecho a la información”.

Vayamos por partes.

Uno. ¿Qué es la libertad de prensa? No es la posibilidad económica de publicación. Es el derecho a publicar sin censura previa, nada más, y nada menos. Nadie tiene su derecho transgredido porque un medio determinado o una editorial se niegue a publicarle (2). Por supuesto, esto implica todo el debate sobre la propiedad privada. En el año 2009, después de Hitler, la Unión Soviética y demás “partidos únicos”, pensar que los gobiernos garantizarán el libre acceso a la prensa ante los pérfidos capitalistas, sería muy ingenuo, si no fuera por el renacimiento de los socialismos del siglo XXI, que son los socialismos de siempre, con la peculiaridad de consolidan su poder sobre la base de la degeneración y anomia institucional de la misma democracia incipiente con la cual accedieron.

Dos. ¿De dónde hemos sacado que los capitales tienden a la concentración, ya sea prensa escrita, oral televisiva, o fábrica de zapatos? De Marx. La teoría de la concentración monopolística es una de sus principales y más efectivas predicciones sobre el capitalismo y que luego se toma como crítica. Pero si no sabemos qué contestar, hay que reconocer que en campo económico Marx sigue ganando la batalla ideológica, debilitando el débil liberalismo político que nos quede. ¿No suena a poco, acaso, una libertad de prensa declamada en la Constitución frente a una o dos empresas privadas que controlen todo lo que se publica?

Pero la Escuela Austriaca de Economía ha refutado a Marx desde el principio, no sólo en cuanto a teoría del valor y plus-valía (3), sino también en la teoría de la pauperización creciente y la concentración monopolística (4). Rothbard, discípulo de Mises, resumió la cuestión explicando los límites de calculabilidad en un mercado libre (5), con arancel cero, a los cuales se enfrenta necesariamente toda empresa privada en el mercado que va ampliando su margen de acción. Claro, hablaba de un mercado libre, y no de esta danza de intereses creados, grupos de presión y demás privilegios y prebendas alrededor de los gobiernos de turno, perfectamente descriptos como intervencionismo en la parte VI del tratado de economía de Mises (6), pero que ahora muchos llaman “mercado”.

Tres. El llamado “derecho a la información” tiene dos graves errores, uno económico-político, y el otro epistemológico. Comencemos por el primero.

Como todo “derecho social”, supone que la persona tiene un “derecho a determinado bien o servicio”, cuyo sujeto pasivo de obligación (7) es el estado, que debería cumplir esa obligación mediante políticas programáticas. En otras oportunidades (8) hemos dicho que tales derechos, así enunciados sin más, presuponen lo imposible, y lo imposible no puede ser fuente del derecho, dado que el deber ser se funda en el ser. Y lo imposible es que las personas tengan derechos a todos los bienes y servicios que se quieran suponer importantes, porque en ese caso se ignora la escasez de recursos que hace imposible dicha premisa. Claro, no se niega que, como dice Hayek (9), los gobiernos municipales, preferentemente (recogiendo la tradición de Tocqueville), puedan proveer, de manera no monopólica y con recursos provenientes del municipio, ciertos bienes públicos. Un  municipio podría tener un servicio educativo, de salud, etc., lo cual incluye, si se quiere, un diario o un canal de televisión, sin que ello implicara ninguna legislación federal adicional sobre los demás medios de prensa. Estos últimos, actuando en un mercado libre, son la garantía –contrariamente a lo que piensan muchos- de que los ciudadanos puedan expresar sus ideas sin censura previa del estado, y que los gobiernos de turno puedan tener una efectiva crítica de la prensa como corresponde a una sociedad democrática “constitucional”.

Pero lo más interesante radica en el grave error epistemológico que presupone la palabra “información”. Presupone que hay distinción entre hechos, objetivos y verdaderos, y opiniones, “subjetivas”. No es sólo “doctrina Cristina Kirchner”: es lo habitual de la bibliografía sobre ese tema. Pero claro, si es así, un gobierno podría decir que un medio está “abusando” de la libertad de prensa (que comienza a ser denigrada en el discurso como una mera libertad de empresa) ocultando la “información objetiva” para atacar al gobierno en cuestión. De allí a proyectos de control y estatización de medios para “garantizar la información objetiva”, y “el derecho que el pueblo tiene a la información”, hay sólo un paso, que todos los actuales dictadorzuelos latinoamericanos ya están dando (con Chávez a la cabeza, desde luego). Pero el error no es sólo de los Kirchner o los Chávez, a los cuales no se les podría reprochar su falta de formación en epistemología y hermenéutica. El error es de todos aquellos que suponen que la función periodística es transmitir hechos en bruto, sin la “contaminación” del comunicador en cuestión. Se ignora que todo ser humano, cuando habla, medios de comunicación incluidos, emiten mensajes, que son proposiciones formadas desde el horizonte de precomprensión (horizonte cultural) del hablante. Por lo tanto, todo lo que una persona dice está influida por su cosmovisión del mundo, incluso lo que parezca más evidente al destinatario del mensaje. Podemos decir “Obama es el presidente de los EEUU”, y es real, es verdadero (no hay ninguna oposición entre interpretación y verdad (10)) pero en ese caso estamos interpretando lo que significa ser presidente desde nuestro horizonte cultural. Además, todo mensaje es un acto del habla, y todo acto del habla es acción (Wittgenstein (11)), y tiene por ende una intención, que puede ser perfectamente noble, honesta, o no. Pero la tiene. El sujeto siempre está presente en el mensaje, y los mensajes, el lenguaje, son parte concomitante del tejido social; no son meros transmisores. Por ende, es obvio que no hay “información” si por información se entiende “mensajes neutros de sujetos”. Lo humano es el conocimiento, esto es, interpretación. Y por ende todo medio de comunicación comunica desde un punto de vista. Si ese punto de vista no agrada al gobierno de turno, esa es precisamente la ventaja de la libertad de prensa en un sistema democrático. Pero si dejamos de hablar de libertad de prensa y comenzamos a hablar de un derecho a la información, suponiendo además que hay una información “objetiva” que el gobierno tiene como función proteger, para que los perversos medios capitalistas no la falseen…. Está todo perdido.

Sobre libertad de prensa, sobre medios de comunicación, no hay nada que legislar. La legislación ya es la Constitución Nacional y es más que suficiente. Todo lo demás corre por los libres contratos entre las partes. Que en la Argentina no lo entendamos así, no es algo de lo cual asombrarse, y por ende, tampoco debemos asombrarnos del plano inclinado hacia el despotismo chavista que estamos recorriendo.

 

(1) Ver al respecto Hayek, F. A. Von. Derecho, Legislación y Libertad, Unión Editorial, Madrid, libro I, 1978.
(2) No hacemos referencia a la obvia transformación cultural de este tema gracias a los blogs personales, porque en ese caso el debate se traslada al tema del acceso económico a la computadora …
(3)Ver Bohm-Bawerk, E. Von. La teoría de la explotación (1884), Unión Editorial, Madrid, 1978.
(4) Mises, L. Von. Socialismo (1922). Instituto de Publicaciones Navales, Buenos Aires, 1968.
(5) Rothbard, M.N.  Man. Economy and State, Nash Publishing, Los Angeles, 1970, cap. 10.
(6) Nos referimos a La Acción Humana (1949), Sopec, Madrid, 1968.
(7) Ver Bidart Campos, G.J. Las obligaciones en el derecho constitucional. Ediar, Buenos Aires, 1987.
(8) En El humanismo del futuro (1987/2007). Ediciones Cooperativas, Buenos Aires, cap. 2.
(9) En “Libertad económica y gobierno representativo” (1973), en Nuevos Estudios (1978). Eudeba, Buenos Aires, 1981.
(10) Hemos dedicado para ello una de nuestras principales investigaciones en la Universidad Austral: Hacia una hermenéutica realista, Universidad Austral, Buenos Aires, 2005. En dicho libro realizamos una confluencia entre el realismo de Santo Tomás de Aquino, los mundos de la vida de Husserl y la hermenéutica de Gadamer.
(11). Es el giro lingüístico que se abre con Wittgenstein (Investigaciones Lógicas (1949), Crítica, Barcelona, 1988), y se continúa con Agustín, J.L, (Cómo hacer cosas con las palabras. Paidós, Barcelona, 1990 3ra reimpresión) y Searle, J. (Actos del habla, Cátedra, Madrid, 1990).





“El Gobierno no se comprometió realmente en combatir la concentración mediática”

25 08 2009

Con el propósito de conocer la opinión de algunos de los diputados y senadores más comprometidos con la nueva ley de servicios audiovisuales, nos comunicamos (por teléfono y mail) con Juan Carlos Vega (Coalición Cívica, Córdoba), Fernando Iglesias (Coalición Cívica), Norma Morandini (Partido Nuevo-Córdoba), Cecilia Merchán (Libres del Sur) y Paula Bertol (Pro-Capital). La única en respondernos fue Cecilia Merchán, cuyo análisis reproducimos a continuación.

Cecilia MerchanPor Cecilia Merchán*

Como integrante de la Coalición por una Radiodifusión Democrática– espacio que cobija a cientos de organizaciones sociales, políticas y gremiales, universidades, radios comunitarias y cooperativas de todo el país—y como referente de Libres del Sur, acompañé el debate que significó el desarrollo de los 21 puntos básicos por el derecho a la comunicación.

Este texto consensuado sintetiza un nuevo modelo de comunicación, entendiéndolo como un bien social y no como un negocio, y como un espacio abierto a toda la ciudadanía. Además, alberga los esfuerzos de diferentes sectores del campo popular y social en la lucha contra la actual Ley de Radiodifusión, impuesta durante la última dictadura y reformada en pos de la concentración mediática por la administración menemista.

Tras años de pelea a favor de una nueva norma, hoy celebramos que los 21 puntos básicos sean la base sobre la cual el Poder Ejecutivo nacional redactó el anteproyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. “Hay que pagar esta gran deuda con la democracia”, remarcó la presidenta Cristina Fernández en marzo pasado en el acto de anuncio de la iniciativa en la ciudad de La Plata. Esto lo decimos desde la conformación de la Coalición. 

Apoyamos que se haya implementado una consulta popular en torno al anteproyecto a través de la realización de foros regionales y temáticos en diferentes puntos de la Argentina. Celebramos aún más que por medio de este mecanismo el Gobierno Nacional haya podido incorporar las observaciones y propuestas de la sociedad civil y sumar más voces y consenso a la iniciativa.

Con lo que claramente estamos en desacuerdo es que todavía no hayan enviado el texto final para su tratamiento al Congreso de la Nación. El Gobierno se equivocó y se sigue equivocando en dilatar su envío. En ese sentido, desoyeron los pedidos de la Coalición por una Radiodifusión Democrática. Desoyeron el reclamo de legisladores y legisladoras comprometidos en luchar por este cambio, tanto antes como después de las elecciones legislativas, dejando de manifiesto el resultado de las presiones que los grupos concentrados ejercen para que no se debata una ley de comunicación de la democracia.

Somos concientes de que el proyecto oficial recibirá el rechazo y los gritos desaforados de aquellos legisladores/as que escudados en la lucha a favor de  la libertad de expresión en la Argentina- que claramente no pone en jaque la iniciativa en discusión—operarán abiertamente – y ya lo hacen – a favor de los multimedios que pugnan por mantener el orden de cosas. Pero también somos concientes del respaldo que cosechó en este tiempo y que ayudará a la hora de debatir en el recinto. El Relator Especial de la ONU sobre Libertad de expresión, el guatemalteco Frank La Rue, La Federación Internacional de Periodistas, la Federación de Periodistas de América Latina y el Caribe (FEPALC), se encuentran entre las personalidades y organismos que acompañan la propuesta por considerarla “un avance”, “una garantía de pluralismo”, y “un ejemplo” para la región.

Repudiamos que, mientras las organizaciones sociales y políticas siguen pidiendo a la Presidenta que mande el proyecto al Parlamento, circulen rumores acerca de posibles acuerdos entre el oficialismo y los empresarios mediáticos para parar su aprobación. Sabemos además que durante la gestión de Néstor Kirchner se dieron concesiones a los monopolios de comunicación, como fue la aprobación de la fusión de Cablevisión y Multicanal o la extensión por 10 años de las licencias de televisión y radio. En ese contexto no aceptaremos que el vapuleo que recibe la iniciativa por parte de los monopolios termine desembocando en un arreglo con estos mismos grupos. Si ocurriera eso, el Gobierno seguiría demostrando su falta de compromiso en combatir la concentración mediática.

En un orden democrático es imprescindible el ejercicio de nuestro derecho a la comunicación. Es  indispensable una nueva Ley de Radiodifusión que reemplace al decreto firmado por Videla para que la información no sea controlada por unos pocos y que puede abrirse el juego a la participación de todos los actores, que se incluya al sector privado, el estatal y los espacios comunitarios.

Más allá de este panorama, marcado claramente por la guerra iniciada por los grandes medios en contra de la iniciativa, y de un Gobierno que sigue reivindicando su decisión de avanzar en ese sentido, pero que hasta ahora sólo permanece en el discurso, como referente de Libres del Sur, de la Coalición y como diputada nacional de Córdoba, seguiremos exigiendo al Estado que presente este proyecto al Congreso. 

*Paula Cecilia Merchán es Diputada Nacional por la provincia de Córdoba y Vicepresidenta del bloque Encuentro Popular y Social. Integra las comisiones de Comunicaciones e Informática; Acción Social y Salud Pública; Cultura; Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia; y Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano.

Es coordinadora nacional del Movimiento de Mujeres de Libres del Sur y de la Red de Mujeres Solidarias. Integra la Comisión Tripartita de Igualdad de Oportunidades entre Varones y Mujeres del Ministerio de Trabajo de la Nación. Fue redactora y directora de revistas como EPA (Educación Popular y Alternativa), Pasado y Presente, entre otras.

Su mandato se extiende desde el 10 de diciembre  de 2007  hasta el 9 de diciembre de 2011.